Aprobado por la autoridad competente
el Reglamento de funcionamiento de la
Federación Española Belenista (F.E.B.)
Paz y Bien, Queridos Amigos Belenistas:
El pasado lunes 29 de abril de 1963, D. Antonio Vila Beltrán, miembro de la Comisión Organizadora de la Federación Española Belenista, recibió un oficio de la Dirección General de Política Interior del Ministerio de la Gobernación.
En el citado oficio, firmado por el propio director general, D. Manuel Chacón Secos, se nos comunicaba que, tras el estudio pormenorizado realizado por dicha Dirección General sobre el texto presentado de las normas de funcionamiento de la naciente entidad federativa, desde la Administración Pública entienden que los fines perseguidos por la Federación son lícitos, puesto que no existe ánimo de lucro o ganancia, y que el texto se adecúa a la legislación vigente (Ley de asociaciones de 12 de julio de 1887), por lo que el Reglamento de funcionamiento de la Federación Española Belenista ha quedado aprobado oficialmente.
Dicho texto ha sido recibido con sello de aprobación por parte de la Jefatura Superior de Policía fechado el pasado martes 7 de mayo de 1963.
Así pues, en breves días contactaremos las cinco asociaciones promotoras, Asociación de Belenistas de Lugo, Asociación de Belenistas de Madrid, Asociación de Belenistas de Pamplona, Asociación Belenista Castellana (de Valladolid) y Asociación de Belenistas de Zafra (Badajoz), para consensuar una fecha de reunión y solicitar al Jefe Superior de Policía los permisos pertinentes para celebrar la 1.º Asamblea de la Federación Española Belenista.
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