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Reglamento de Gastos de Representación de la Presidencia de la Federación Española de Belenistas, aprobado en la Asamblea General Ordinaria celebrada el 22 de octubre de 1995

22 Oct 95
Presidencia FEB
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Reglamento de Gastos de Representación
de la Presidencia de la
Federación Española de Belenistas,
aprobado en la Asamblea General Ordinaria
celebrada el 22 de octubre de 1995

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Es un hecho evidente que el desempeño de la Presidencia de la Federación Española de Belenistas puede obligar a la persona que la ostente a realizar algunos desplazamientos en cumplimiento de la deseada representatividad ante asociaciones, organismos oficiales y otras federaciones regionales o nacionales.

Dichos desplazamientos comportan, además de tiempo y sacrificio personal, unos desembolsos económicos que no deben gravar la economía del Presidente, ni tan siquiera de la Asociación que lo sustenta. Esto dejaría automáticamente fuera de toda opción a la Presidencia a aquellos presidentes y asociaciones de precaria economía (la gran mayoría, por no decir todas).

Por estas circunstancias, nos parece lo más justo, equitativo y solidario, dotar económicamente un apartado de «Gastos de Representación» destinados a ese fin, dentro de los presupuestos anuales de la Federación.

Por ello, se acuerda lo siguiente:

1. Dotar el capítulo de «Gastos de Representación» con un importe máximo de 200.000 Pts. (doscientas mil pesetas) por campaña, no acumulables.

2. Reservar exclusivamente dichos presupuestos para gastos de desplazamiento generados por convocatorias internacionales o gestiones y comparecencias ante organismos públicos o representaciones de interés general.

3. Empleo de dicho presupuesto exclusivamente previo acuerdo cuantitativo de la Comisión Económica según acta firmada por sus componentes.

4. Justificación documentada a posteriori de los gastos realizados con cargo a dicho acuerdo, para su preceptiva aprobación por dicha Comisión.

5. Aquellas asociaciones federadas que deseen contar con la Presidencia federativa, para alguno de sus acontecimientos más relevantes, deberán atender a los gastos corrientes que comporte el desplazamiento y participación en dichos actos del Presidente o su representación oficial.

6. En caso de imposibilidad física por parte del Presidente, este podrá delegar su representación en cualquier otro cargo federativo, que se desplazará con los mismos condicionantes.

Disposición Final. El presente Reglamento consta de seis puntos y esta disposición final, entrando en vigor una vez sea aprobado por la Asamblea de la Federación Española de Belenistas.


Este Reglamento puede descargarse pinchando en este enlace.


Enlaces relacionados
Estatutos y Reglamentos de la Federación Española de Belenistas (Reglamento de Gastos de Representación de la Presidencia de la Federación Española de Belenistas)

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