Categoría: Federación Española de Belenistas

Imagen Destacada - Trofeo FEB

Trofeo Federación Española de Belenistas 1968 – D. José Castells Martínez – Asociación de Belenistas de Pamplona

03 Nov 68
Presidencia FEB
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Trofeo Federación Española de Belenistas
N.º 11 – 1968/02
otorgado en la VI Asamblea Nacional Belenista a
D. JOSÉ CASTELLS MARTÍNEZ
a propuesta de la
Asociación de Belenistas de Pamplona

Sintiéndolo mucho, no hemos sido capaces de encontrar en el archivo federativo ni el currículum ni la fotografía de D. José Castells Martínez.
En caso de hallar dicha información, la colgaremos inmediatamente en esta página web.

Imagen Destacada - Trofeo FEB

Trofeo Federación Española de Belenistas 1968 – D. Fernando Parrilla Asensio – Asociación de Belenistas de Madrid

03 Nov 68
Presidencia FEB
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Trofeo Federación Española de Belenistas
N.º 10 – 1968/01
otorgado en la VI Asamblea Nacional Belenista a
D. FERNANDO PARRILLA ASENSIO
a propuesta de la
Asociación de Belenistas de Madrid

Fernando Parrilla Asensio - Trofeo FEB 1968

Fernando Parrilla Asensio
Trofeo FEB 1968

Sintiéndolo mucho, no hemos sido capaces de encontrar en el archivo federativo el currículum de D. Fernando Parrilla Asensio.
En caso de hallar dicha información, la colgaremos inmediatamente en esta página web.

Imagen Destacada - Palmarés Trofeo FEB

Palmarés de la III Edición del Trofeo Federación Española de Belenistas (1968)

29 Sep 68
Presidencia FEB
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Palmarés de la III Edición del
Trofeo Federación Española de Belenistas
(1968)

Imagen Destacada - Palmarés Trofeo FEBPaz y Bien, Querida Familia Belenista:

La Junta Directiva de la Federación Española de Belenistas aprobó en 1965 la creación del galardón denominado Trofeo Federación Española de Belenistas, cuya primera edición tuvo lugar en 1966 y en este 1968 alcanza la tercera.

Este premio tiene como objetivo reconocer y ensalzar públicamente los singulares méritos adquiridos por destacados belenistas de las asociaciones federadas por su actuación, labor, esfuerzo o apoyo constantes en pro del belenismo y de la vida asociativa. Para presentar candidaturas al citado galardón las asociaciones federadas tienen que enviar una carta de solicitud de concesión, dirigida a la Junta Directiva de la Federación, en la que deben hacer constar el nombre de la persona designada, una fotografía de la misma y un currículum o relación detallada de méritos que justifiquen la petición del galardón, para poder estudiar y valorar en condiciones las propuestas y tras ello, si procede, otorgar el premio.

Así, finalizado el plazo de admisión de propuestas de las asociaciones federadas para esta tercera edición del galardón, la Junta Directiva de la Federación Española de Belenistas reunida hoy 29 de septiembre de 1968 en Madrid, tras hacer un estudio pormenorizado de las plicas presentadas, tiene el honor de anunciar la concesión del Trofeo Federación Española de Belenistas, correspondiente al año 1968, a las siguientes personas:

…N.º 10: 1968/01 – Fernando Parrilla Asensio (Asociación de Belenistas de Madrid)
…N.º 11: 1968/02 – José Castells Martínez (Asociación de Belenistas de Pamplona)
…N.º 12: 1968/03 – Ricardo Rodríguez Gómez (Asociación Belenista Castellana)
…N.º 13: 1968/04 – Fernando Martínez Mateo (Asociación Pesebrista de Tarragona)
…N.º 14: 1968/05 – Amando Prada Castrillo (Asociación de Belenistas Orensanos)

Los trofeos serán entregados a las personas galardonadas en Zafra (Badajoz), el domingo 3 de noviembre de 1968, durante el Acto de Clausura de la VI Asamblea Nacional Belenista, organizada por la Asociación de Belenistas de Zafra.

¡¡¡Nuestras más sinceras y efusivas felicitaciones por este merecido reconocimiento a todos los premiados!!!


P.D.: Para los interesados en la historia de este galardón, adjuntamos los enlaces con el palmarés de ediciones anteriores del Trofeo Federación Española de Belenistas:

…– Palmarés de la II Edición del Trofeo Federación Española de Belenistas (1967)
…– Palmarés de la I Edición del Trofeo Federación Española de Belenistas (1966)

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Trofeo Federación Española de Belenistas 1967 – D. Manuel Ribes i Segura – Asociación Pesebrista de Tarragona

04 May 67
Presidencia FEB
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Trofeo Federación Española de Belenistas
N.º 9 – 1967/04
otorgado en la V Asamblea Nacional Belenista a
D. MANUEL RIBAS i SEGURA
a propuesta de la
Asociación Pesebrista de Tarragona

Sintiéndolo mucho, no hemos sido capaces de encontrar en el archivo federativo ni el currículum ni la fotografía de D. Manuel Ribes i Segura.
En caso de hallar dicha información, la colgaremos inmediatamente en esta página web.

Imagen Destacada - Trofeo FEB

Trofeo Federación Española de Belenistas 1967 – D. Felipe Fernández Balbás – Asociación Belenista Castellana

04 May 67
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Trofeo Federación Española de Belenistas
N.º 8 – 1967/03
otorgado en la V Asamblea Nacional Belenista a
D. FELIPE FERNÁNDEZ BALBÁS
a propuesta de la
Asociación Belenista Castellana

Sintiéndolo mucho, no hemos sido capaces de encontrar en el archivo federativo ni el currículum ni la fotografía de D. Felipe Fernández Balbás.
En caso de hallar dicha información, la colgaremos inmediatamente en esta página web.

D. Manuel María Castells Martínez, Trofeo FEB 1967 a propuesta de la Asociación de Belenistas de Pamplona

04 May 67
Presidencia FEB
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D. Manuel María Castells Martínez,
Trofeo FEB 1967
a propuesta de la
Asociación de Belenistas de Pamplona

La Asociación de Belenistas de Pamplona propone la concesión del Trofeo Federación Española de Belenistas 1967 a D. Manuel María Castells Martínez.


Sintiéndolo mucho, no hemos sido capaces de encontrar en el archivo federativo ni el currículum ni la fotografía de D. Manuel María Castells Martínez. En caso de hallar dicha información, la publicaremos inmediatamente en esta página web.

D. José Delgado Fraile, Trofeo FEB 1967 a propuesta de la Asociación de Belenistas de Madrid

04 May 67
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D. José Delgado Fraile,
Trofeo FEB 1967
a propuesta de la
Asociación de Belenistas de Madrid

La Asociación de Belenistas de Madrid propone la concesión del Trofeo Federación Española de Belenistas 1967 a D. José Delgado Fraile.


Sintiéndolo mucho, no hemos sido capaces de encontrar en el archivo federativo ni el currículum ni la fotografía de D. José Delgado Fraile. En caso de hallar dicha información, la publicaremos inmediatamente en esta página web.

Mañana comienzan los actos de la V Asamblea Nacional Belenista (1967)

29 Abr 67
Presidencia FEB
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Mañana comienzan los actos de la
V Asamblea Nacional Belenista (1967)

Paz y Bien, Querida Familia Belenista:

Mañana, domingo 30 de abril de 1967, comienzan los actos previstos de la V Asamblea Nacional Belenista, que se extenderán hasta el jueves día 4 de mayo.

En nombre de la Federación Española Belenista y de la entidad organizadora del evento, la Asociación Pesebrista de Tarragona, queremos agradecer a las personas inscritas su participación en el evento, y les deseamos un buen viaje de ida hacia Tarragona (Tarragona) (ver mapa), sede de esta Asamblea.

¡¡¡Bienvenidos a la V Asamblea Nacional Belenista!!!

Imagen Destacada - V Asamblea Nacional Belenista. Tarragona, 1967 (Associació Pessebrista de Tarragona)

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Palmarés de la II Edición del Trofeo Federación Española de Belenistas (1967)

05 Mar 67
Presidencia FEB
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Palmarés de la II Edición del
Trofeo Federación Española de Belenistas
(1967)

Imagen Destacada - Palmarés Trofeo FEBPaz y Bien, Querida Familia Belenista:

Como bien sabéis, el 31 de octubre de 1965 la Junta Directiva de la Federación Española de Belenistas aprobó la creación del galardón denominado Trofeo Federación Española de Belenistas, cuya primera edición tuvo lugar el pasado año 1966.

Este premio tiene como objetivo reconocer y ensalzar públicamente los singulares méritos adquiridos por destacados belenistas de las asociaciones federadas por su actuación, labor, esfuerzo o apoyo constantes en pro del belenismo y de la vida asociativa. Para presentar candidaturas al citado galardón las asociaciones federadas tienen que enviar una carta de solicitud de concesión, dirigida a la Junta Directiva de la Federación, en la que deben hacer constar el nombre de la persona designada, una fotografía de la misma y un currículum o relación detallada de méritos que justifiquen la petición del galardón, para poder estudiar y valorar en condiciones las propuestas y tras ello, si procede, otorgar el premio.

Así, finalizado el plazo de admisión de propuestas de las asociaciones federadas para esta segunda edición del galardón, la Junta Directiva de la Federación Española de Belenistas reunida hoy 5 de marzo de 1967 en Tarragona, tras hacer un estudio pormenorizado de las plicas presentadas, tiene el honor de anunciar la concesión del Trofeo Federación Española de Belenistas, correspondiente al año 1967, a las siguientes personas:

…N.º 6: 1967/01 – José Delgado Fraile (Asociación de Belenistas de Madrid)
…N.º 7: 1967/02 – Manuel María Castells Martínez (Asociación de Belenistas de Pamplona)
…N.º 8: 1967/03 – Felipe Fernández Balbás (Asociación Belenista Castellana)
…N.º 9: 1967/04 – Manuel Ribes i Segura (Asociación Pesebrista de Tarragona)

Los trofeos serán entregados a las personas galardonadas en Tarragona, el jueves 4 de mayo de 1967, durante el Acto de Clausura de la V Asamblea Nacional Belenista, organizada por la Asociación Pesebrista de Tarragona.

¡¡¡Nuestras más sinceras y efusivas felicitaciones por este merecido reconocimiento a todos los premiados!!!


P.D.: Para los interesados en la historia de este galardón, adjuntamos los enlaces con el palmarés de ediciones anteriores del Trofeo Federación Española de Belenistas:

…– Palmarés de la I Edición del Trofeo Federación Española de Belenistas (1966)

Imagen Destacada - Trofeo FEB 1966 (la primera denominación del galardón fue «Distinción al Mérito Belenista FEB»)

D. Manuel Pizarro Lage, Distinción al Mérito Belenista FEB 1966 a propuesta de la Asociación de Belenistas de Monesterio

28 Jun 66
Presidencia FEB
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Imagen Cabecera - Trofeo FEB 1966 (la primera denominación del galardón fue «Distinción al Mérito Belenista FEB»)
D. Manuel Pizarro Lage,
Distinción al Mérito Belenista FEB 1966 1
a propuesta de la
Asociación de Belenistas de Monesterio

La Asociación de Belenistas de Monesterio propone la concesión de la Distinción al Mérito Belenista FEB 1966 a D. Manuel Pizarro Lage.

Sintiéndolo mucho, no hemos sido capaces de encontrar en el archivo federativo ni el currículum ni la fotografía de D. Manuel Pizarro Lage. En caso de hallar dicha información, la publicaremos inmediatamente en esta página web.


Nota explicativa
1 El actualmente llamado «Trofeo Federación Española de Belenistas» tuvo la denominación de «Distinción al Mérito Belenista FEB» desde su primera entrega en 1966 hasta 1974 inclusive.

Imagen Destacada - Trofeo FEB 1966 (la primera denominación del galardón fue «Distinción al Mérito Belenista FEB»)

D. Remigio Ledesma González, Distinción al Mérito Belenista FEB 1966 a propuesta de la Asociación de Belenistas de Zafra

28 Jun 66
Presidencia FEB
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Imagen Cabecera - Trofeo FEB 1966 (la primera denominación del galardón fue «Distinción al Mérito Belenista FEB»)
D. Remigio Ledesma González,
Distinción al Mérito Belenista FEB 1966 1
a propuesta de la
Asociación de Belenistas de Zafra

Remigio Ledesma González - Trofeo FEB 1966

Remigio Ledesma González
Trofeo FEB 1966

En la ciudad de Zafra (Badajoz) el día 31 de diciembre de mil novecientos sesenta y cinco, reunidos los integrantes del Jurado Calificador para determinar si procede adjudicar candidatura para la Distinción al Mérito Belenista FEB 1966, acuerdan proponer para ella, siempre bajo el mejor parecer o criterio de la Directiva de la FEB, al presidente de la Asociación de Belenistas de Zafra, D. Remigio Ledesma González, por haber contraído en la citada campaña los méritos siguientes:

Impulsor de nuestra quinta campaña navideña, en fomentar y crear nuevos concursos divulgadores del belén, dando origen con ello a que el nombre de nuestra asociación, unido a uno de los trabajos realizados por un concursante, saliera fuera de nuestras fronteras españolas, llamando poderosamente la atención en el vecino país de Francia, lugar donde se personó con su vehículo, en el cual, muy vistoso y artísticamente, instaló un nacimiento, y no sólo en este país sino que ha verificado varios viajes a distintos lugares de nuestra provincia y diferentes capitales en España.

No dudando por todo ello, el triunfo obtenido al lanzar este nuevo concurso y primero dentro de los programados en nuestra Campaña. También ha sido el impulsor del concurso de nacimientos en miniatura y es de esperar que, gracias a su gestión, en años próximos pueda ampliarse lo mismo uno que otro.

Ha sido y es un gran divulgador de todo cuanto representa el fomento del belén, y por todo ello lo consideramos merecedor por este año para proponerle para la concesión de la Distinción al Mérito Belenista FEB.

Zafra, a 31 de diciembre de 1965


Nota explicativa
1 El actualmente llamado «Trofeo Federación Española de Belenistas» tuvo la denominación de «Distinción al Mérito Belenista FEB» desde su primera entrega en 1966 hasta 1974 inclusive.

Imagen Destacada - Trofeo FEB 1966 (la primera denominación del galardón fue «Distinción al Mérito Belenista FEB»)

D. Félix-Carmelo García Martínez, Distinción al Mérito Belenista FEB 1966 a propuesta de la Asociación Belenista Castellana

28 Jun 66
Presidencia FEB
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Imagen Cabecera - Trofeo FEB 1966 (la primera denominación del galardón fue «Distinción al Mérito Belenista FEB»)
D. Félix-Carmelo García Martínez,
Distinción al Mérito Belenista FEB 1966 1
a propuesta de la
Asociación Belenista Castellana

La Asociación Belenista Castellana propone la concesión de la Distinción al Mérito Belenista FEB 1966 a D. Félix-Carmelo García Martínez.

Sintiéndolo mucho, no hemos sido capaces de encontrar en el archivo federativo ni el currículum ni la fotografía de D. Félix-Carmelo García Martínez. En caso de hallar dicha información, la publicaremos inmediatamente en esta página web.


Nota explicativa
1 El actualmente llamado «Trofeo Federación Española de Belenistas» tuvo la denominación de «Distinción al Mérito Belenista FEB» desde su primera entrega en 1966 hasta 1974 inclusive.

Imagen Destacada - Trofeo FEB 1966 (la primera denominación del galardón fue «Distinción al Mérito Belenista FEB»)

D. Ángel María Pueyo Bonet, Distinción al Mérito Belenista FEB 1966 a propuesta de la Asociación de Belenistas de Pamplona

28 Jun 66
Presidencia FEB
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Imagen Cabecera - Trofeo FEB 1966 (la primera denominación del galardón fue «Distinción al Mérito Belenista FEB»)
D. Ángel María Pueyo Bonet,
Distinción al Mérito Belenista FEB 1966 1
a propuesta de la
Asociación de Belenistas de Pamplona

La Asociación de Belenistas de Pamplona propone la concesión de la Distinción al Mérito Belenista FEB 1966 a D. Ángel María Pueyo Bonet.

Sintiéndolo mucho, no hemos sido capaces de encontrar en el archivo federativo ni el currículum ni la fotografía de D. Ángel María Pueyo Bonet. En caso de hallar dicha información, la publicaremos inmediatamente en esta página web.


Nota explicativa
1 El actualmente llamado «Trofeo Federación Española de Belenistas» tuvo la denominación de «Distinción al Mérito Belenista FEB» desde su primera entrega en 1966 hasta 1974 inclusive.

Imagen Destacada - Trofeo FEB 1966 (la primera denominación del galardón fue «Distinción al Mérito Belenista FEB»)

D. Julián Cristóbal Hernández, Distinción al Mérito Belenista FEB 1966 a propuesta de la Asociación de Belenistas de Madrid

28 Jun 66
Editor WebFEB
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Imagen Cabecera - Trofeo FEB 1966 (la primera denominación del galardón fue «Distinción al Mérito Belenista FEB»)
D. Julián Cristóbal Hernández,
Distinción al Mérito Belenista FEB 1966 1
a propuesta de la
Asociación de Belenistas de Madrid

La Asociación de Belenistas de Madrid propone la concesión de la Distinción al Mérito Belenista FEB 1966 a D. Julián Cristóbal Hernández.

Sintiéndolo mucho, no hemos sido capaces de encontrar en el archivo federativo ni el currículum ni la fotografía de D. Julián Cristóbal Hernández. En caso de hallar dicha información, la publicaremos inmediatamente en esta página web.


Nota explicativa
1 El actualmente llamado «Trofeo Federación Española de Belenistas» tuvo la denominación de «Distinción al Mérito Belenista FEB» desde su primera entrega en 1966 hasta 1974 inclusive.

Imagen Destacada - Palmarés Trofeo FEB

Palmarés de la I Edición de la Distinción al Mérito Belenista FEB (1966)

26 Jun 66
Presidencia FEB
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Palmarés de la I Edición de la
Distinción al Mérito Belenista FEB 1
(1966)

Imagen Destacada - Palmarés Trofeo FEBPaz y Bien, Querida Familia Belenista:

En la reunión celebrada en Burgos el domingo 31 de octubre del pasado año 1965, la Junta Directiva de la Federación Española Belenista aprobó, a propuesta de la Asociación de Belenistas de Zafra, la creación del galardón denominado Distinción al Mérito Belenista FEB, cuya primera edición tendrá lugar este mismo año 1966.

Este premio tiene como objetivo reconocer y ensalzar públicamente los singulares méritos adquiridos por destacados belenistas de las asociaciones federadas por su actuación, labor, esfuerzo o apoyo constantes en pro del belenismo y de la vida asociativa. Para presentar candidaturas al nuevo galardón las asociaciones federadas tienen que enviar una carta de solicitud de concesión, dirigida a la Junta Directiva de la Federación, en la que deben hacer constar el nombre de la persona designada, una fotografía de la misma y un currículum o relación detallada de méritos que justifiquen la petición del galardón, para poder estudiar y valorar en condiciones las propuestas y tras ello, si procede, otorgar el premio.

Así, finalizado el plazo de admisión de propuestas de las asociaciones federadas el pasado viernes 31 de diciembre de 1965, la Junta Directiva de la Federación Española Belenista, reunida hoy domingo 26 de junio de 1966, tras hacer un estudio pormenorizado de las plicas presentadas, tiene el honor de anunciar la concesión de la Distinción al Mérito Belenista FEB 1966, a las siguientes personas:

…■ 1966/01 – Julián Cristóbal Hernández (Asociación de Belenistas de Madrid)
…■ 1966/02 – Ángel María Pueyo Bonet (Asociación de Belenistas de Pamplona)
…■ 1966/03 – Félix-Carmelo García Martínez (Asociación Belenista Castellana)
…■ 1966/04 – Remigio Ledesma González (Asociación de Belenistas de Zafra)
…■ 1966/05 – Manuel Pizarro Lage (Asociación de Belenistas de Monesterio)

Los trofeos serán entregados en Lugo, pasado mañana martes 28 de junio de 1966, durante el Acto de Clausura de la IV Asamblea Nacional Belenista, organizada por la Asociación de Belenistas de Lugo, en el que se dará lectura de los méritos que los justifican.

¡¡¡Nuestras más sinceras y efusivas felicitaciones por este merecido reconocimiento a todas las personas premiadas!!!


Nota
1 El actualmente llamado «Trofeo Federación Española de Belenistas» tuvo la denominación de «Distinción al Mérito Belenista FEB» desde su primera entrega en 1966 hasta 1974 inclusive.

Mañana comienzan los actos de la IV Asamblea Nacional Belenista (1966)

25 Jun 66
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Mañana comienzan los actos de la
IV Asamblea Nacional Belenista (1966)

Paz y Bien, Querida Familia Belenista:

Mañana, domingo 26 de junio de 1966, comienzan los actos previstos de la IV Asamblea Nacional Belenista, que se extenderán hasta el martes día 28.

En nombre de la Federación Española Belenista y de la entidad organizadora del evento, la Asociación de Belenistas de Lugo, queremos agradecer a las personas inscritas su participación en el evento, y les deseamos un buen viaje de ida hacia Lugo (Lugo) (ver mapa), sede de esta Asamblea.

¡¡¡Bienvenidos a la IV Asamblea Nacional Belenista!!!

Imagen Destacada - IV Asamblea Nacional Belenista. Lugo, 1966 (Asociación de Belenistas de Lugo)

La Federación Española Belenista instituye la Distinción al Mérito Belenista FEB

31 Oct 65
Presidencia FEB
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La Federación Española Belenista instituye la
Distinción al Mérito Belenista FEB 1

Imagen Destacada - «Galardón Trofeo FEB»Paz y Bien, Querida Familia Belenista:

La Junta Directiva de la Federación Española Belenista (FEB), en su reunión de hoy domingo 31 de octubre de 1965, celebrada en Burgos, ha estudiado una propuesta presentada por la Asociación de Belenistas de Zafra relativa a la creación de un galardón federativo.

La idea hablaba de la necesidad de tener un premio federativo que reconozca y ensalce públicamente los méritos adquiridos por los belenistas de las asociaciones federadas por su actuación, labor, esfuerzo o apoyo constantes en pro del belenismo y de la vida asociativa.

Dado el consenso existente entre todos los miembros de la Junta Directiva, ha quedado instituido el galardón denominado Distinción al Mérito Belenista FEB, que se regirá por las siguientes normas:

1. La Distinción al Mérito Belenista FEB tendrá carácter anual y su objetivo es reconocer públicamente las virtudes de las personas por su actuación, labor, esfuerzo o apoyo constantes en pro del belenismo y de la vida asociativa belenista.

2. Para proponer candidaturas se habilita un plazo para su recepción que expirará el 31 de diciembre de cada año, siendo ésta la fecha tope del matasellos del sobre de las cartas que contengan las solicitudes de concesión.

3. Estas citadas cartas de solicitud, cuyo contenido recogerá el nombre de la persona propuesta, su fotografía y un detalle o relación de méritos que justifiquen la concesión del galardón, se entienden como necesarias y obligatorias para poder valorar en condiciones las candidaturas a recibir el premio, y serán las propias asociaciones belenistas federadas las encargadas de remitirlas a la Junta Directiva de la FEB.

4. Una vez valorados los méritos y ratificada la concesión del galardón, se hará llegar confirmación de la misma a la asociación proponente para comunicárselo a la persona agraciada, que tendrá que hacer acto de presencia para recibir el premio, cuya entrega se producirá durante un acto de la Asamblea Nacional Belenista de cada año, en el que se dará lectura del currículum del distinguido al Mérito Belenista FEB.

5. El formato del premio, en principio una placa, lo decidirá la asociación organizadora de la Asamblea, quien también asumirá el coste del mismo.

También se ha acordado que la primera edición tendrá lugar el próximo año 1966, estando prevista su entrega durante los actos de la IV Asamblea Nacional Belenista, que será organizada por la Asociación de Belenistas de Lugo y se celebrará en la capital lucense entre el 26 y el 28 de junio del citado año. Se ha habilitado el plazo para la recepción de candidaturas, que expirará el 31 de diciembre de este año 1965, siendo ésta la fecha tope que se aceptará en el matasellos marcado en el sobre de las cartas de solicitud de concesión que se reciban.


Nota
1 El actualmente llamado «Trofeo Federación Española de Belenistas» tuvo la denominación de «Distinción al Mérito Belenista FEB» desde su creación en 1966 hasta 1974 inclusive.

Mañana comienzan los actos de la III Asamblea Nacional Belenista (1965)

26 Jun 65
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Mañana comienzan los actos de la
III Asamblea Nacional Belenista (1965)

Isologo de la Asociación Belenista CastellanaPaz y Bien, Querida Familia Belenista:

Mañana, domingo 27 de junio de 1965, comienzan los actos previstos de la III Asamblea Nacional Belenista, que se extenderán hasta el martes día 29.

En nombre de la Federación Española Belenista y de la entidad organizadora del evento, la Asociación Belenista Castellana, queremos agradecer a las personas inscritas su participación en el evento, y les deseamos un buen viaje de ida hacia Valladolid (Valladolid) (ver mapa), sede de esta Asamblea.

¡¡¡Bienvenidos a la III Asamblea Nacional Belenista!!!

Imagen Destacada - III Asamblea Nacional Belenista. Valladolid, 1965 (Asociación Belenista Castellana)

Mañana comienzan los actos de la II Asamblea Nacional Belenista (1964)

26 Jun 64
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Mañana comienzan los actos de la
II Asamblea Nacional Belenista (1964)

Isologo de la Asociación de Belenistas de PamplonaPaz y Bien, Querida Familia Belenista:

Mañana, sábado 27 de junio de 1964, comienzan los actos previstos de la II Asamblea Nacional Belenista, que se extenderán hasta el lunes día 29.

En nombre de la Federación Española Belenista y de la entidad organizadora del evento, la Asociación de Belenistas de Pamplona, queremos agradecer a las personas inscritas su participación en el evento, y les deseamos un buen viaje de ida hacia Pamplona (Navarra) (ver mapa), sede de esta Asamblea.

¡¡¡Bienvenidos a la II Asamblea Nacional Belenista!!!

Imagen Destacada - II Asamblea Nacional Belenista. Pamplona, 1964 (Asociación de Belenistas de Pamplona)

I Asamblea Nacional Belenista – Ponencia – Breve historia de la fundación de la Federación Española de Belenistas

30 Jun 63
Presidencia FEB
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I Asamblea Nacional Belenista
Ponencia:
Breve historia de la fundación de la
Federación Española de Belenistas,
por la Asociación de Belenistas de Madrid

Imagen Destacada - Ponencia CongresoTexto leído en la jornada final de la I Asamblea Nacional Belenista, a modo de conclusión de la vivencias de los asistentes

Estamos de enhorabuena. Tras numerosas gestiones y desvelos, la Federación Española de Belenistas ya es una realidad. Varios años de encuentros en eventos religiosos, intercambio de correspondencia y alguna que otra conferencia telefónica han dado lugar a estos días de Asamblea de los belenistas de España. Y es momento de contar brevemente los pasos dados.

En la Asociación de Belenistas de Madrid, desde nuestra fundación en abril de 1945, nos marcamos el objetivo de iniciar y mantener relaciones institucionales con otras asociaciones para, con el esfuerzo de todos, poner las bases para fomentar y hacer crecer el belenismo por toda la geografía española y en el extranjero, primordialmente en los países de habla hispana. Ello podría dar lugar a crear una federación nacional e incluso otra hispanoamericana.

Como quiera que años de gestiones parecían dar sus frutos, redactamos un proyecto de reglamento de funcionamiento de una hipotética Federación Nacional que fue aprobado en la reunión de la Junta Directiva de la asociación mantenida el 9 de febrero de 1960, y que fue enviado a las ocho asociaciones con las que manteníamos contactos para que hicieran las aportaciones, objeciones y correcciones oportunas en el menor tiempo posible: Alicante, Barcelona, Bilbao, Lugo, Pamplona, Pontevedra, San Sebastián y Valencia.

El proyecto fue tratado y afinado epistolarmente entre seis de las ocho asociaciones durante dos años, hasta que el 9 de noviembre de 1962 mantuvimos una reunión la Junta Directiva de la Asociación de Belenistas de Madrid con José María Garrut Roma, secretario de la federación internacional (Universalis Foederatio Praesepistica) y directivo de la Asociación de Pesebristas de Barcelona, para anunciarle los pasos finales para su legalización, y el nombre decidido para la nueva federación tras las deliberaciones mantenidas: Federación Española de Belenistas.

Así, finalmente, y tras varios dimes y diretes, con la última confirmación recibida, el pasado 11 de marzo de 1963 se lograron las cinco adhesiones de asociaciones necesarias para el proyecto, las de Lugo, Madrid, Pamplona, Valladolid y Zafra.

Tras la reunión del pasado 6 de abril de 1943, en las que representantes de las cinco asociaciones citadas firmamos toda la documentación necesaria, ésta se pudo presentar al Jefe Superior de Policía de la Dirección General de Seguridad para pedir la autorización legal correspondiente para constituir la Federación Española de Belenistas, que va a tener como sede la calle Tambre n.º 1 de Madrid.

Unos días más tarde, el lunes 29 de abril de 1963, el Director General de Política Interior del Ministerio de la Gobernación nos hizo llegar el oficio de contestación comunicando que entendían como lícitos los fines perseguidos por los belenistas y que, al no existir ánimo de lucro y adecuarse el Reglamento a la legislación vigente, éste quedaba aprobado con fecha de 7 de mayo de 1963.

Tras contactar y concretar las cinco asociaciones fundadores las fechas de esta reunión final que ahora clausuramos, José Galán de Francisco solicitó el pasado martes 25 de junio de 1963 el necesario permiso al Jefe Superior de Policía para la celebración de esta I Asamblea de la Federación Española Belenista que hoy clausuramos.

Y así, llegamos a ayer sábado 29 de julio de 1963 en que se constituyó oficialmente la federación nacional de asociaciones belenistas, denominada Federación Española de Belenistas, fecha en que culminaron felizmente las gestiones iniciadas para agrupar en un organismo nacional a las distintas asociaciones existentes en España, con objeto de encauzar debidamente las distintas actividades de cada una de ellas sin menoscabo de su propia independencia. Y aquí, en Madrid, en el Museo Nacional de Artes Decorativas y en presencia de las representaciones de Lugo, Pamplona, Valladolid, Zafra y, naturalmente, Madrid, el señor Robles Piquer, Director General de Información, en representación del Ministro de Información y Turismo, señor Fraga Iribarne, declaró oficialmente constituida la Federación Nacional, una vez leído el Reglamento por el que nos regiremos.

Y elegimos la primera Junta Directiva, compuesta por las siguientes personas:

…+ Presidente: D. Fernando Martínez Serrano (Asociación de Belenistas de Madrid)
…+ Vicepresidente 1.º: D. Eliso Ijalba Lángara (Asociación de Belenistas de Pamplona)
…+ Vicepresidente 2.º: D. Fernando Parrilla Asensio (Asociación de Belenistas de Madrid)
…+ Secretario: D. José Galán de Francisco (Asociación de Belenistas de Madrid)
…+ Tesorero: D. Julián Cristóbal Hernández (Asociación de Belenistas de Madrid)
…+ Vocal: D. Jesús G. García Alario (Asociación Belenista Castellana)
…+ Vocal: D. Remigio Ledesma González (Asociación de Belenistas de Zafra)
…+ Vocal: D. Eduardo Urgoni Casado (Asociación de Belenistas de Lugo)

También tomamos la decisión de nombrar presidente y vicepresidente de honor de la Federación a D. Manuel Fraga Iribarne (Ministro de Información y Turismo) y a D. Carlos Robles Piquer, respectivamente.

Igualmente, hemos adoptado la decisión de iniciar los trámites para sumarnos a la Federación Internacional Pesebrista.

En el curso de las sesiones de trabajo organizadas estos días hemos tratado diversos temas. En el orden del día han figurado concretamente:

…1. Elección de un modelo de insignia para la Federación.
…2. Medios para la propagación del Belén:
……a) Creación de nuevas asociaciones.
……b) Promoción del Belén.
…3. Captación de la juventud.

Del primer tema, Elección de un modelo de insignia para la Federación, hemos rechazado los diez croquis o dibujos exhibidos, aunque han sido numerosas las intervenciones, sugerencias e ideas de los asistentes. Finalmente se ha decidido invitar a todos los socios de las asociaciones belenistas de España, para que se presten a colaborar enviando cuantas ideas estimen oportunas para el diseño de esta insignia (sello y membrete de la Federación) en la cual, según el artículo 4.° del Reglamento, deberán figurar, dentro de la mayor sencillez posible, España y el nacimiento de Jesús.

En cuanto al segundo tema, Medios para la propagación del Belén, dividido en dos puntos, sobre la primera de ellas, Creación de nuevas asociaciones en aquellos lugares donde aún no existan, se han adoptado los siguientes acuerdos:

……– Que cada Entidad adherida a la Federación envíe una relación de las localidades donde estime que existe afición belenista.
……– Que cada Entidad aproveche los desplazamientos de sus socios por razón de viajes, negocios, vacaciones, etc., para que inicie sondeos o contactos personales con aquellas personas o entidades que se sepa poseen una afición belenista.
……– Creación de filiales o nuevas asociaciones en la provincia, bajo la dirección de la asociación-madre, según que el movimiento belenista tenga o no importancia.
……– Que se informe periódicamente a la Federación de los contactos habidos, resultados obtenidos, etc., la cual a su vez hará llegar a los demás los ejemplos, sistemas seguidos, resultados, etc. de las restantes asociaciones federadas.

En cuanto al segundo punto del segundo tema, Promoción del Belén en ambientes, en empresas, en la calle, en comercios, en cárceles y hospitales, etc., tras el intercambio de ideas se acordó trabajar en:

……– Contactar con la Dirección General del Ministerio de Información y Turismo.
……– Interesar a las Cámaras de Comercio para que promuevan con interés, incluso con ayuda material, circulares a sus socios, etc.

En cuanto al tercer punto, Captación de la juventud, no lo hemos desarrollado por falta material de tiempo, aunque es un tema clave que tendremos que tratar en el futuro próximo, por ejemplo, y sin más dilación, el próximo año en Pamplona, puesto que esta ciudad ha sido designada por unanimidad sede de la II Asamblea de la Federación en 1964, organizada por la Asociación de Belenistas de Pamplona.

Felicito a todos los asambleístas por la labor desarrollada, por la atmósfera de hermandad vivida en todo momento, y pido a las asociaciones que pongan mayor empeño, estímulo y entusiasmo en propagar el belenismo.

Fernando Martínez Serrano
Presidente de la Federación Española de Belenistas
Presidente de la Asociación de Belenistas de Madrid

Imagen Destacada - I Congreso Nacional Belenista (1963)

I Asamblea Nacional Belenista: Programa de Actos del domingo 30 de junio de 1963

30 Jun 63
Presidencia FEB
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Imagen Destacada - I Congreso Nacional Belenista (1963)
I Asamblea Nacional Belenista:
Programa de Actos del
domingo 30 de junio de 1963

Paz y Bien, Queridos Amigos Belenistas:

El horario de los actos previstos para hoy domingo 30 de junio de 1963, segunda y última jornada de la I Asamblea Nacional Belenista, organizada por la Asociación de Belenistas de Madrid para la constitución de la Federación Española Belenista, es el siguiente:

…■ 10:00h – Misa rezada en la Iglesia parroquial de San Jerónimo el Real (ver ubicación).

…■ 10:30h – Visita al Museo Nacional del Prado (ver ubicación) para contemplar obras dedicadas a la Natividad del Señor, bajo la dirección de la Srta. Elisa Bermejo, licenciada en Filosofía y Letras.

…■ 17:15h – Sesión de trabajo en el Salón de actos de la Asociación de la Prensa (ver ubicación). Proyección de diapositivas en color de Nacimientos y motivos del Belén.

…■ 18:30h – Solemne sesión de clausura.

Imagen Destacada - I Asamblea Nacional Belenista (Fundación FEB). Madrid, 1963 (Asociación de Belenistas de Madrid)

Reglamento de la Federación Española Belenista (FEB), aplicable desde hoy 29 de junio de 1963

29 Jun 63
Presidencia FEB
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Reglamento de la
Federación Española Belenista (FEB),
aplicable desde hoy 29 de junio de 1963 *

Redactado el 6 de abril de 1963 y aprobado por la autoridad competente el 7 de mayo de 1963,
entra en vigor hoy 29 de junio de 1963, con la celebración de la I Asamblea Nacional Belenista

* Derogado el 13 de mayo de 1972, por la refundación y aprobación de unos nuevos Estatutos

Imagen Destacada - Estatutos y ReglamentosArtículo 1.º
Con el nombre de FEDERACIÓN ESPAÑOLA BELENISTA (F.E.B.) se crea una agrupación constituida por las distintas entidades dedicadas al fomento de la católica y tradicional costumbre española del «Nacimiento», símbolo de la religión, arte y espiritualidad.

Artículo 2.º
El objeto principal de la Federación será:

a) Aunar los esfuerzos de cada asociación, para que de esa unión surjan más y mejores iniciativas encaminadas a que el belenismo o pesebrismo adquiera mayor auge y robustez en España.

b) Crear en aquellas ciudades en donde aún no existan, asociaciones similares a las que ya funcionan, asesorando y guiando a sus organizadores.

c) Cuando una asociación decaiga en sus funciones, la ayudará hasta conseguir la recuperación de su primitivo esplendor.

d) Si es factible, organizará periódicamente certámenes, concursos nacionales, etc., que contribuyan a la mayor divulgación del belenismo.

e) Estará en relación directa con la Federación Universal y asociaciones del extranjero, manteniendo intercambio de ideas, iniciativas y actividades.

f) Con la frecuencia que sea posible editará un boletín que refleje la vida social de las agrupaciones federadas. Esta publicación será distribuida entre las entidades nacionales.

Y, en general, hará toda clase de propaganda para la divulgación del belenismo, sin interferirse en las actividades propias de cada asociación.

Artículo 3.º
El Patrono de la Federación será San Francisco de Asís, en cuya fiesta (4 de octubre), celebrará la fiesta principal y, a ser posible, tendrá lugar una reunión de Junta Directiva.

Artículo 4.º
La Asamblea constituyente determinará el modelo que haya de servir para insignia de la Federación. En este modelo figurarán la representación de España y del Nacimiento de Jesús.

Artículo 5.º
El domicilio de la Federación radicará, rotativamente, en las diversas ciudades donde existan asociaciones de belenistas, pesebristas o similares y estén federadas. A efectos de las relaciones con la Administración Pública el domicilio será en Madrid en la calle del Tambre n.º 1, con carácter permanente.

Artículo 6.º
La presidencia en cada localidad a que se refiere el artículo anterior será por dos años, pudiendo ser reelegible.

Artículo 7.º
La Junta Directiva de la Federación estará formada por un Presidente, dos Vicepresidentes, un Secretario General, un Tesorero-Contador y tantos Vocales como presidentes haya de asociaciones, excepto de la que haya correspondido el nombramiento de Vicepresidente 1.º.

Artículo 8.º
El Presidente lo será siempre el que ejerza este cargo en la asociación en que haya recaído la Presidencia de la Federación. El Vicepresidente 2.º, el Secretario General y el Tesorero-Contador serán nombrados por la Junta Directiva de la asociación u otros afiliados destacados de la asociación a donde pertenezca el Presidente.

El Vicepresidente 1.º será nombrado entre los directivos de otras asociaciones ajenas a la de la Presidencia.

Los Vocales, como dice el artículo anterior, serán todos los presidentes de las asociaciones federadas, exceptuándose las de la Presidencia y Vicepresidencia primera.

Artículo 9.º
Las obligaciones de los cargos directivos serán las siguientes:

■ PRESIDENTE: ostentará la máxima representación de la Federación, tanto en actos públicos como privados. Intervendrá en todas las actividades de la Federación, firmando, con su V.º B.º las Actas, cuentas, balances, memorias y cuantos documentos, cartas, etc., no sean de trámite. Presidirá las Juntas Directivas y Asambleas, tanto las ordinarias como las extraordinarias, disponiendo sus convocatorias. En caso de empate en las votaciones, su voto decidirá el empate.

■ VICEPRESIDENTES: sustituirán en todo al Presidente, en los casos de enfermedad, ausencia o dimisión de éste. Cuando no concurran algunas de dichas circunstancias, auxiliarán al Presidente en lo que precise y para lo que sean requeridos, en asuntos propios del cargo.

■ SECRETARIO: llevará el Libro de Actas, redactará éstas, así como la Memoria de la Federación. Ordenará el archivo de la correspondencia, que firmará si no precisa la firma del Presidente. Convocará las reuniones de las Asambleas y Juntas, cuando disponga el Presidente. Y en general, dispondrá la realización de cuantas actividades tenga la Federación y las indicaciones de la Presidencia. Custodiará el sello de la Federación y demás documentación de la misma.

■ TESORERO-CONTADOR: llevará el libro de Caja, realizará los balances e inventarios. Custodiará los fondos de la Asociación Nacional y firmará, junto con el Presidente, los talones de extracción de dinero de la cuenta corriente. Efectuará cuantos pagos autorice el Presidente, siempre que excedan de 300 pesetas, pues si no llegan a esta cantidad no precisan la autorización citada.

■ VOCALES: serán los asesores natos de la Federación, para lo cual estarán en constante relación con la Presidencia y Secretaría, a la que expondrán y de la que recibirán las sugerencias y novedades que se produzcan y conduzcan al mejor cumplimiento de los fines federativos. Serán, por lo tanto, los portavoces de cada asociación. Igual función corresponde al Vicepresidente 1.º, como representante de una asociación.

Artículo 10.º
Para el gobierno directivo de la Federación existirá una «COMISIÓN PERMANENTE» constituida por el Presidente, Vicepresidente 2.º, Secretario y Tesorero-Contador. Esta comisión se reunirá, por lo menos, una vez cada tres meses y los acuerdos que se tomen, además de quedar reflejados en el libro de Actas, serán notificados a la Junta Directiva.

Artículo 11.º
Cada seis meses, a ser posible, se reunirá la Junta Directiva en pleno, en el domicilio donde radique la Federación o que fije su Presidencia. En estas sesiones se tratarán todos los asuntos que hayan ido surgiendo en el transcurso de una reunión de la Junta a la otra, tomándose los acuerdos y decisiones pertinentes. Para una mayor precisión y brevedad en la resolución de los asuntos a tratar el Vicepresidente 1.º y los Vocales enviarán a la Secretaría, con una anticipación de 20 días respecto a la fecha de la reunión, un detalle de los asuntos que propone cada una de las asociaciones representadas, con objeto de que la Comisión Permanente los estudie y pueda preparar las adecuadas soluciones, todo ello sometido al supremo criterio de la Junta Directiva. Si algún directivo de asociación ajena a la de la Presidencia no pudiera asistir, deberá delegar en otro directivo de su misma asociación, que llevará su representación a todos los efectos.

Artículo 12.º
Cada año, en la época más conveniente, y fijada en la Asamblea precedente, se celebrará una Asamblea General ordinaria para tratar del funcionamiento de la Federación. El «Orden del Día» será el siguiente: Lectura del Acta anterior, lectura de la Memoria correspondiente al ejercicio pasado, estado de Caja en el día de la fecha, proyectos, proposiciones, ruegos y preguntas. En este apartado se fijará el lugar y fecha donde habrá de celebrarse la próxima reunión. En la Asamblea General de cada dos años, se incluirá en el «Orden del Día» lo concerniente a la elección o reelección de la Junta Directiva, que cuando corresponda se hará en su totalidad. Asimismo, se determinará la residencia social de la Federación para el nuevo periodo de dos años. Con objeto de que todos los asuntos a tratar en estas asambleas estén debidamente ordenados y estudiados por la Junta Directiva, los representantes de cada asociación federada enviarán a la Comisión Permanente, en un plazo máximo de 30 días antes de la fecha de la celebración de la citada Asamblea General, una relación de los asuntos o ponencias a tratar, expuestos con la mayor claridad o concisión. A las reuniones de asambleas generales podrán asistir, y es aconsejable que asistan, los socios de las asociaciones federadas, incluso acompañados de sus familiares, abonando en cualquier caso los derechos de asambleístas que fijará la Junta Directiva, así como el programa de actos a celebrar con motivo de cada Asamblea, para mayor atractivo y esplendor de la misma.

Artículo 13.º
Existirán cuantos cargos honorarios estime conveniente nombrar la Junta Directiva, sin más requisito que es de dar cuenta de ello a la Asamblea General siguiente al acuerdo.

Artículo 14.º
El fondo social de la Federación estará integrado en su cuantía y forma de ingreso, por las disposiciones que tome la Junta Directiva, en razón de las funciones que le competen.

Artículo 15.º
Cualquier asunto jurídico relacionado con la Federación se resolverá ante los Tribunales a cuya jurisdicción pertenezca la población en donde radica la Presidencia en esa fecha.

Artículo 16.º
La Federación podrá comprar, vender o enajenar bienes, como entidad jurídica que es. Para cualquier operación de esta índole habrá de tener la conformidad de la Junta Directiva. No será suficiente el acuerdo de la Comisión Permanente.

Artículo 17.º
Cualquier modificación de este Reglamento, o redacción de nuevos artículos, constituirá motivo de convocatoria de una Asamblea General extraordinaria, que se celebrará a continuación de una general ordinaria.

Artículo 18.º
Esta Federación solo podrá ser disuelta cuando así se acuerde en una Asamblea General extraordinaria convocada al efecto, y por medio de una votación en la que la mayoría esté representada como mínimo por las 3/4 partes de los asistentes.

En caso de disolución, los bienes en metálico o de cualquier otra índole se repartirán por partes iguales entre todas las asociaciones que en esa fecha estén federadas.

Imagen Destacada - Comunicado

D. Manuel Fraga Iribarne y D. Carlos Robles Piquer, nombrados presidente y vicepresidente de honor de la Federación Española de Belenistas

29 Jun 63
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D. Manuel Fraga Iribarne y D. Carlos Robles Piquer,
nombrados presidente y vicepresidente de honor de la
Federación Española de Belenistas

Imagen Destacada - Asociación de Belenistas de Zafra, fundadora de la FEB el 29/06/1963

La Asociación de Belenistas de Zafra se incorpora desde hoy sábado 29 de junio de 1963, en calidad de fundadora, a la Federación Española Belenista

29 Jun 63
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Imagen Cabecera - Afiliación FEB (Alta)
La Asociación de Belenistas de Zafra
se incorpora desde hoy
sábado 29 de junio de 1963,
en calidad de fundadora,
a la Federación Española Belenista

Paz y Bien, Querida Familia Belenista:

Tenemos el placer de anunciaros que la Federación Española Belenista, fundada oficialmente hoy sábado 29 de junio de 1963, cuenta entre sus entidades adheridas con la Asociación de Belenistas de Zafra, que pasa a formar parte de la familia federativa como miembro de pleno derecho, siendo entidad fundadora.

Para facilitar el contacto con su Junta Directiva os detallamos su composición actual, responsable de su entrada en la FEB:

…■ Presidente: Remigio Ledesma González

La asociación zafrense se sumó al proyecto de creación de esta Federación el pasado mes de febrero de 1963, cuando contestó favorablemente a la invitación formulada por la Asociación de Belenistas de Madrid. Así que…

¡¡¡Bienvenida, Asociación de Belenistas de Zafra, a la familia de la Federación Española Belenista!!!

Imagen Destacada - Asociación Belenista de Lugo, fundadora de la FEB el 29/06/1963

La Asociación Belenista de Lugo se incorpora desde hoy sábado 29 de junio de 1963, en calidad de fundadora, a la Federación Española Belenista

29 Jun 63
Presidencia FEB
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Imagen Cabecera - Afiliación FEB (Alta)
La Asociación Belenista de Lugo
se incorpora desde hoy
sábado 29 de junio de 1963,
en calidad de fundadora,
a la Federación Española Belenista

Paz y Bien, Querida Familia Belenista:

Tenemos el placer de anunciaros que la Federación Española Belenista, fundada oficialmente hoy sábado 29 de junio de 1963, cuenta entre sus entidades adheridas con la Asociación Belenista de Lugo, que pasa a formar parte de la familia federativa como miembro de pleno derecho, siendo entidad fundadora.

Para facilitar el contacto con su Junta Directiva os detallamos su composición actual, responsable de su entrada en la FEB:

…■ Presidente: Eduardo Urgorri Casado

La asociación lucense se sumó al proyecto de creación de esta Federación desde los albores del mismo, allá por la primavera de 1960, cuando contestó favorablemente a la invitación formulada por la Asociación de Belenistas de Madrid. Así que…

¡¡¡Bienvenida, Asociación Belenista de Lugo, a la familia de la Federación Española Belenista!!!

Imagen Destacada - Asociación Belenista Castellana, fundadora de la FEB el 29/06/1963

La Asociación Belenista Castellana se incorpora desde hoy sábado 29 de junio de 1963, en calidad de fundadora, a la Federación Española Belenista

29 Jun 63
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Imagen Cabecera - Afiliación FEB (Alta)
La Asociación Belenista Castellana
se incorpora desde hoy
sábado 29 de junio de 1963,
en calidad de fundadora,
a la Federación Española Belenista

Isologo de la Asociación Belenista CastellanaPaz y Bien, Querida Familia Belenista:

Tenemos el placer de anunciaros que la Federación Española Belenista, fundada oficialmente hoy sábado 29 de junio de 1963, cuenta entre sus entidades adheridas con la Asociación Belenista Castellana de Valladolid, constituida el 3 de marzo de 1963, que pasa a formar parte de la familia federativa como miembro de pleno derecho, siendo entidad fundadora.

Para facilitar el contacto con su Junta Directiva os detallamos su composición actual, responsable de su entrada en la FEB:

…■ Presidente: Jesús García Alario

La asociación vallisoletana se sumó al proyecto de creación de esta Federación el pasado 11 de marzo de 1963, pocos días después de su propia constitución, cuando contestó favorablemente a la invitación formulada por la Asociación de Belenistas de Madrid. Así que…

¡¡¡Bienvenida, Asociación Belenista Castellana, a la familia de la Federación Española Belenista!!!

Imagen Destacada - Asociación de Belenistas de Pamplona, fundadora de la FEB el 29/06/1963

La Asociación de Belenistas de Pamplona se incorpora desde hoy sábado 29 de junio de 1963, en calidad de fundadora, a la Federación Española Belenista

29 Jun 63
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Imagen Cabecera - Afiliación FEB (Alta)
La Asociación de Belenistas de Pamplona
se incorpora desde hoy
sábado 29 de junio de 1963,
en calidad de fundadora,
a la Federación Española Belenista

Imagotipo de la Asociación de Belenistas de PamplonaPaz y Bien, Querida Familia Belenista:

Tenemos el placer de anunciar que la Federación Española Belenista, constituida oficialmente hoy sábado 29 de junio de 1963, cuenta entre sus entidades adheridas con la Asociación de Belenistas de Pamplona, de Pamplona (Navarra), fundada el 10 de octubre de 1953, que pasa a formar parte de la familia federativa como miembro de pleno derecho, siendo entidad fundadora.

Para facilitar el contacto con su Junta Directiva os detallamos su composición actual, responsable de su entrada en la FEB:

…■ Presidente: Eliso Ijalba Lángara

La asociación pamplonesa se sumó al proyecto de creación de esta Federación desde los albores del mismo, allá por la primavera de 1960, cuando contestó favorablemente a la invitación formulada por la Asociación de Belenistas de Madrid, habiendo mantenido su compromiso durante el largo tiempo de gestación del ente federativo. Así que…

¡¡¡Bienvenida, Asociación de Belenistas de Pamplona, a la familia de la Federación Española Belenista!!!

Imagen Destacada - Asociación de Belenistas de Madrid, fundadora de la FEB el 29/06/1963

La Asociación de Belenistas de Madrid se incorpora desde hoy sábado 29 de junio de 1963, en calidad de fundadora, a la Federación Española Belenista

29 Jun 63
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Imagen Cabecera - Afiliación FEB (Alta)
La Asociación de Belenistas de Madrid
se incorpora desde hoy
sábado 29 de junio de 1963,
en calidad de fundadora,
a la Federación Española Belenista

Isologo de la Asociación de Belenistas de MadridPaz y Bien, Querida Familia Belenista:

Tenemos el placer de anunciar que la Federación Española Belenista, constituida oficialmente hoy sábado 29 de junio de 1963, cuenta entre sus entidades adheridas con la Asociación de Belenistas de Madrid, de Madrid (capital de España y de la provincia homónima), fundada el 6 de abril de 1945, que pasa a formar parte de la familia federativa como miembro de pleno derecho, siendo entidad fundadora.

Para facilitar el contacto con su Junta Directiva os detallamos su composición actual, responsable de su entrada en la FEB:

…■ Presidente: Fernando Martínez Serrano
…■ Vicepresidente: Fernando Parrilla Asensio
…■ Secretario General: José Galán de Francisco
…■ Vicesecretario: Pablo Martínez Palomero
…■ Tesorero: Julián Cristóbal Hernández
…■ Contador: Fernando Dotú Gumiel
…■ Vocal 1.o: José Delgado Fraile
…■ Vocal 2.o: Juan Antonio Monico
…■ Vocal 3.o: Antonio Vilá Fudio
…■ Vocal 4.o: Manuel Rapallo Ledesma
…■ Vocal 5.o: Vacante
…■ Asesor Artístico: Antonio Vilá Beltrán
…■ Asesor Religioso: Rvdo. Padre Joaquín María Goiburu

Si esta Federación ha podido crearse ha sido gracias al esfuerzo continuado y sostenido en el tiempo de la asociación madrileña, que llevaba años contactando con las asociaciones belenistas de España para hacer realidad este proyecto. Así que…

¡¡¡Bienvenida, Asociación de Belenistas de Madrid, a la familia de la Federación Española Belenista!!!

Imagen Destacada - I Congreso Nacional Belenista (1963)

La Federación Española Belenista, declarada oficialmente constituida tras la lectura de su Reglamento fundacional

29 Jun 63
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Imagen Destacada - I Congreso Nacional Belenista (1963)
La Federación Española Belenista,
declarada oficialmente constituida
tras la lectura de su Reglamento fundacional

Paz y Bien, Querida Familia Belenista:

En la mañana de hoy, sábado 29 de junio de 1963, ha quedado oficialmente constituida la Federación Española Belenista (FEB).

El acto fundacional, celebrado en el Museo Nacional de Artes Decorativas de Madrid, ha sido presidido por D. Carlos Robles Piquer, director general de Información, en representación de D. Manuel Fraga Iribarne, ministro de Información y Turismo, y ha contado con la presencia de presidentes y miembros destacados de las cinco asociaciones fundadoras de la Federación: la Asociación Belenista Castellana, la Asociación Belenista de Lugo, la Asociación de Belenistas de Madrid, la Asociación de Belenistas de Pamplona, y la Asociación de Belenistas de Zafra, confirmando así su afiliación a la FEB.

Durante el acto se ha dado lectura pública al Reglamento de funcionamiento de la Federación Española Belenista, aprobado por las autoridades competentes el pasado 7 de mayo del presente año 1963, tras varias semanas de redacción por parte de la Comisión Organizadora y su posterior aprobación por las cinco asociaciones promotoras en la reunión celebrada en Madrid el sábado 6 de abril de 1963.

Recepción oficial en el Salón de Tapices del Museo de Artes Decorativas por D. Carlos Robles Piquer, director general de Información, dependiente del Ministerio de Información y Turismo

Recepción oficial en el Salón de Tapices del Museo de Artes Decorativas por D. Carlos Robles Piquer, director general de Información, dependiente del Ministerio de Información y Turismo

Imagen Destacada - I Congreso Nacional Belenista (1963)

I Asamblea Nacional Belenista: Programa de Actos del sábado 29 de junio de 1963

29 Jun 63
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Imagen Destacada - I Congreso Nacional Belenista (1963)
I Asamblea Nacional Belenista:
Programa de Actos del
sábado 29 de junio de 1963

Paz y Bien, Queridos Amigos Belenistas:

El horario de los actos previstos para hoy sábado 29 de junio de 1963, primera jornada de la I Asamblea Nacional Belenista, organizada por la Asociación de Belenistas de Madrid para la constitución de la Federación Española Belenista, es el siguiente:

…■ 11:00h – Misa en la Capilla de la Casa de la Iglesia (ver ubicación), oficiada por el Rvdo. P. D. Joaquín María Goiburu, asesor religioso de la Asociación de Belenistas de Madrid. Durante la ceremonia actuará la Escolanía de la Iglesia de Nuestro Padre Jesús de Medinaceli dirigida por el Rvdo. P. Capuchino D. Esteban de Cegoñal. Al final de la misa se adorará una reliquia de San Francisco de Asís.

…■ 12:00h – Solemne sesión de apertura de la Asamblea y constitución de la Federación Española Belenista en el Museo Nacional de Artes Decorativas (ver ubicación). Visita al Museo.

…■ 13:00h – Traslado en autocar al Ayuntamiento de Madrid (ver ubicación), donde los Sres. asambleístas serán obsequiados con un cóctel por la Excma. Corporación Municipal.

…■ 19:00h – Sesión de trabajo en el domicilio de la Hermandad de Cruzados de la Fe (ver ubicación).

…■ 22:00h – Cena ofrecida por la Excma. Diputación Provincial de Madrid en el Casino de Madrid (ver ubicación).

…■ 23:30h – Visita al Antiguo Madrid, dirigida por el escritor y periodista D. José del Corral, miembro del Instituto de Estudios Madrileños del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Imagen Destacada - I Congreso Nacional Belenista (1963)

Mañana, sábado 29 de junio de 1963, darán comienzo los actos previstos de la I Asamblea Nacional Belenista, para la constitución de la Federación Española Belenista

28 Jun 63
Presidencia FEB
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Imagen Destacada - I Congreso Nacional Belenista (1963)
Mañana, sábado 29 de junio de 1963,
darán comienzo los actos previstos de la
I Asamblea Nacional Belenista,
para la constitución de la
Federación Española Belenista

Paz y Bien, Queridos Amigos Belenistas:

Mañana, sábado 29 de junio de 1963, darán comienzo los actos previstos de la I Asamblea Nacional Belenista, organizada por la Asociación de Belenistas de Madrid. Esta asamblea, que se prolongará hasta el domingo día 30, servirá para constituir oficialmente la Federación Española Belenista, una vez aprobado su Reglamento de funcionamiento por la autoridad competente el pasado martes 7 de mayo del presente año 1963.

En nombre de la Federación Española Belenista queremos agradecer a los miembros de las otras cuatro entidades fundadoras, Asociación de Belenistas de Lugo, Asociación de Belenistas de Pamplona, Asociación Belenista Castellana y Asociación de Belenistas de Zafra, el esfuerzo por el desplazamiento y les deseamos un buen viaje de ida hacia Madrid (capital de España y de la provincia homónima) (ver mapa), sede de esta importantísima reunión constituyente.

¡Os damos la bienvenida a la I Asamblea Nacional Belenista!

Imagen Destacada - Normas FEB (Estatutos y Reglamentos)

Aprobado por la autoridad competente, con fecha martes 7 de mayo de 1963, el Reglamento de funcionamiento de la Federación Española Belenista (F.E.B.)

10 May 63
Presidencia FEB

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Imagen Cabecera - Estatutos Derogados FEB
Aprobado por la autoridad competente,
con fecha martes 7 de mayo de 1963,
el Reglamento de funcionamiento de la
Federación Española Belenista (F.E.B.)

Paz y Bien, Queridos Amigos Belenistas:

El pasado lunes 29 de abril de 1963, D. Antonio Vila Beltrán, miembro de la Comisión Organizadora de la Federación Española Belenista, recibió un oficio de la Dirección General de Política Interior del Ministerio de la Gobernación.

Dicho oficio, firmado por el propio director general, D. Manuel Chacón Secos, comunicaba que, tras el estudio pormenorizado del texto presentado de las normas de funcionamiento de la naciente F.E.B. —aprobado por las entidades promotoras el pasado 6 de abril—, la Administración Pública considera que los fines perseguidos por la futura entidad federativa son lícitos, al carecer de ánimo de lucro o ganancia, y que el articulado se ajusta a la legislación vigente (Ley de Asociaciones de 30 de junio 1887 y Decreto de 25 de enero de 1941 sobre regulación del ejercicio del derecho de asociación). Por ello, queda oficialmente aprobado el Reglamento de funcionamiento de la Federación Española Belenista.

El documento, con el sello de aprobación de la Jefatura Superior de Policía, lleva fecha del martes 7 de mayo de 1963.

En los próximos días, contactaremos las cinco asociaciones impulsoras, Asociación Belenista Castellana, Asociación de Belenistas de Lugo, Asociación de Belenistas de Madrid, Asociación de Belenistas de Pamplona y Asociación de Belenistas de Zafra, con el fin de consensuar la fecha de reunión y solicitar los permisos oportunos al Jefe Superior de Policía para celebrar la 1.a Asamblea de la Federación Española Belenista.

A continuación, se publica el texto íntegro del Reglamento de la Federación Española Belenista aprobado por el citado Ministerio de la Gobernación.


Imagen Cabecera - Estatutos Derogados FEB
Reglamento* de la
Federación Española Belenista

Aprobado por el Ministerio de la Gobernación el martes 7 de mayo de 1963
* Derogado en la Asamblea celebrada el sábado 13 de mayo de 1972

Artículo 1.o
Con el nombre de FEDERACIÓN ESPAÑOLA BELENISTA (F.E.B.) se crea una agrupación constituida por las distintas entidades dedicadas al fomento de la católica y tradicional costumbre española del «Nacimiento», símbolo de la religión, arte y espiritualidad.

Artículo 2.o
El objeto principal de la Federación será:

a) Aunar los esfuerzos de cada asociación, para que de esa unión surjan más y mejores iniciativas encaminadas a que el belenismo o pesebrismo adquiera mayor auge y robustez en España.

b) Crear en aquellas ciudades en donde aún no existan, asociaciones similares a las que ya funcionan, asesorando y guiando a sus organizadores.

c) Cuando una asociación decaiga en sus funciones, la ayudará hasta conseguir la recuperación de su primitivo esplendor.

d) Si es factible, organizará periódicamente certámenes, concursos nacionales, etc., que contribuyan a la mayor divulgación del belenismo.

e) Estará en relación directa con la Federación Universal y asociaciones del extranjero, manteniendo intercambio de ideas, iniciativas y actividades.

f) Con la frecuencia que sea posible editará un boletín que refleje la vida social de las agrupaciones federadas. Esta publicación será distribuida entre las entidades nacionales.

Y, en general, hará toda clase de propaganda para la divulgación del belenismo, sin interferirse en las actividades propias de cada asociación.

Artículo 3.o
El Patrono de la Federación será San Francisco de Asís, en cuya fiesta (4 de octubre), celebrará la fiesta principal y, a ser posible, tendrá lugar una reunión de Junta Directiva.

Artículo 4.o
La Asamblea constituyente determinará el modelo que haya de servir para insignia de la Federación. En este modelo figurarán la representación de España y del Nacimiento de Jesús.

Artículo 5.o
El domicilio de la Federación radicará, rotativamente, en las diversas ciudades donde existan asociaciones de belenistas, pesebristas o similares y estén federadas. A efectos de las relaciones con la Administración Pública el domicilio será en Madrid en la calle del Tambre n.o 1 (ver ubicación), con carácter permanente.

Artículo 6.o
La presidencia en cada localidad a que se refiere el artículo anterior será por dos años, pudiendo ser reelegible.

Artículo 7.o
La Junta Directiva de la Federación estará formada por un Presidente, dos Vicepresidentes, un Secretario General, un Tesorero-Contador y tantos Vocales como presidentes haya de asociaciones, excepto de la que haya correspondido el nombramiento de Vicepresidente 1.o.

Artículo 8.o
El Presidente lo será siempre el que ejerza este cargo en la asociación en que haya recaído la Presidencia de la Federación. El Vicepresidente 2.o, el Secretario General y el Tesorero-Contador serán nombrados por la Junta Directiva de la asociación u otros afiliados destacados de la asociación a donde pertenezca el Presidente.

El Vicepresidente 1.o será nombrado entre los directivos de otras asociaciones ajenas a la de la Presidencia.

Los Vocales, como dice el artículo anterior, serán todos los presidentes de las asociaciones federadas, exceptuándose las de la Presidencia y Vicepresidencia primera.

Artículo 9.o
Las obligaciones de los cargos directivos serán las siguientes:

■ PRESIDENTE: ostentará la máxima representación de la Federación, tanto en actos públicos como privados. Intervendrá en todas las actividades de la Federación, firmando, con su V.o B.o las Actas, cuentas, balances, memorias y cuantos documentos, cartas, etc., no sean de trámite. Presidirá las Juntas Directivas y Asambleas, tanto las ordinarias como las extraordinarias, disponiendo sus convocatorias. En caso de empate en las votaciones, su voto decidirá el empate.

■ VICEPRESIDENTES: sustituirán en todo al Presidente, en los casos de enfermedad, ausencia o dimisión de éste. Cuando no concurran algunas de dichas circunstancias, auxiliarán al Presidente en lo que precise y para lo que sean requeridos, en asuntos propios del cargo.

■ SECRETARIO: llevará el Libro de Actas, redactará éstas, así como la Memoria de la Federación. Ordenará el archivo de la correspondencia, que firmará si no precisa la firma del Presidente. Convocará las reuniones de las Asambleas y Juntas, cuando disponga el Presidente. Y en general, dispondrá la realización de cuantas actividades tenga la Federación y las indicaciones de la Presidencia. Custodiará el sello de la Federación y demás documentación de la misma.

■ TESORERO-CONTADOR: llevará el libro de Caja, realizará los balances e inventarios. Custodiará los fondos de la Asociación Nacional y firmará, junto con el Presidente, los talones de extracción de dinero de la cuenta corriente. Efectuará cuantos pagos autorice el Presidente, siempre que excedan de 300 pesetas, pues si no llegan a esta cantidad no precisan la autorización citada.

■ VOCALES: serán los asesores natos de la Federación, para lo cual estarán en constante relación con la Presidencia y Secretaría, a la que expondrán y de la que recibirán las sugerencias y novedades que se produzcan y conduzcan al mejor cumplimiento de los fines federativos. Serán, por lo tanto, los portavoces de cada asociación. Igual función corresponde al Vicepresidente 1.o, como representante de una asociación.

Artículo 10.o
Para el gobierno directivo de la Federación existirá una «COMISIÓN PERMANENTE» constituida por el Presidente, Vicepresidente 2.o, Secretario y Tesorero-Contador. Esta comisión se reunirá, por lo menos, una vez cada tres meses y los acuerdos que se tomen, además de quedar reflejados en el libro de Actas, serán notificados a la Junta Directiva.

Artículo 11.o
Cada seis meses, a ser posible, se reunirá la Junta Directiva en pleno, en el domicilio donde radique la Federación o que fije su Presidencia. En estas sesiones se tratarán todos los asuntos que hayan ido surgiendo en el transcurso de una reunión de la Junta a la otra, tomándose los acuerdos y decisiones pertinentes. Para una mayor precisión y brevedad en la resolución de los asuntos a tratar el Vicepresidente 1.o y los Vocales enviarán a la Secretaría, con una anticipación de 20 días respecto a la fecha de la reunión, un detalle de los asuntos que propone cada una de las asociaciones representadas, con objeto de que la Comisión Permanente los estudie y pueda preparar las adecuadas soluciones, todo ello sometido al supremo criterio de la Junta Directiva. Si algún directivo de asociación ajena a la de la Presidencia no pudiera asistir, deberá delegar en otro directivo de su misma asociación, que llevará su representación a todos los efectos.

Artículo 12.o
Cada año, en la época más conveniente, y fijada en la Asamblea precedente, se celebrará una Asamblea General ordinaria para tratar del funcionamiento de la Federación. El «Orden del Día» será el siguiente: Lectura del Acta anterior, lectura de la Memoria correspondiente al ejercicio pasado, estado de Caja en el día de la fecha, proyectos, proposiciones, ruegos y preguntas. En este apartado se fijará el lugar y fecha donde habrá de celebrarse la próxima reunión. En la Asamblea General de cada dos años, se incluirá en el «Orden del Día» lo concerniente a la elección o reelección de la Junta Directiva, que cuando corresponda se hará en su totalidad. Asimismo, se determinará la residencia social de la Federación para el nuevo periodo de dos años. Con objeto de que todos los asuntos a tratar en estas asambleas estén debidamente ordenados y estudiados por la Junta Directiva, los representantes de cada asociación federada enviarán a la Comisión Permanente, en un plazo máximo de 30 días antes de la fecha de la celebración de la citada Asamblea General, una relación de los asuntos o ponencias a tratar, expuestos con la mayor claridad o concisión. A las reuniones de asambleas generales podrán asistir, y es aconsejable que asistan, los socios de las asociaciones federadas, incluso acompañados de sus familiares, abonando en cualquier caso los derechos de asambleístas que fijará la Junta Directiva, así como el programa de actos a celebrar con motivo de cada Asamblea, para mayor atractivo y esplendor de la misma.

Artículo 13.o
Existirán cuantos cargos honorarios estime conveniente nombrar la Junta Directiva, sin más requisito que es de dar cuenta de ello a la Asamblea General siguiente al acuerdo.

Artículo 14.o
El fondo social de la Federación estará integrado en su cuantía y forma de ingreso, por las disposiciones que tome la Junta Directiva, en razón de las funciones que le competen.

Artículo 15.o
Cualquier asunto jurídico relacionado con la Federación se resolverá ante los Tribunales a cuya jurisdicción pertenezca la población en donde radica la Presidencia en esa fecha.

Artículo 16.o
La Federación podrá comprar, vender o enajenar bienes, como entidad jurídica que es. Para cualquier operación de esta índole habrá de tener la conformidad de la Junta Directiva. No será suficiente el acuerdo de la Comisión Permanente.

Artículo 17.o
Cualquier modificación de este Reglamento, o redacción de nuevos artículos, constituirá motivo de convocatoria de una Asamblea General extraordinaria, que se celebrará a continuación de una general ordinaria.

Artículo 18.o
Esta Federación solo podrá ser disuelta cuando así se acuerde en una Asamblea General extraordinaria convocada al efecto, y por medio de una votación en la que la mayoría esté representada como mínimo por las 3/4 partes de los asistentes.

En caso de disolución, los bienes en metálico o de cualquier otra índole se repartirán por partes iguales entre todas las asociaciones que en esa fecha estén federadas.

Firmados en Madrid, el sábado 6 de abril de 1963,
por los miembros de la Comisión Organizadora de la F.E.B.

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Hoy, sábado 6 de abril de 1963, se ha acordado la redacción del texto del Reglamento de funcionamiento de la futura Federación Española Belenista

06 Abr 63
Presidencia FEB

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Hoy, sábado 6 de abril de 1963,
se ha acordado la redacción del texto del
Reglamento de funcionamiento de la futura
Federación Española Belenista

Paz y Bien, Queridos Amigos Belenistas:

En el día de hoy, sábado 6 de abril de 1963, los miembros de la Comisión Organizadora de la futura Federación Española Belenista (F.E.B.), pertenecientes todos ellos a alguna de las cinco asociaciones promotoras —Asociación Belenista Castellana, Asociación Belenista de Lugo, Asociación de Belenistas de Madrid, Asociación de Belenistas de Pamplona y Asociación de Belenistas de Zafra—, han acordado conjuntamente el texto final del Reglamento de funcionamiento por el que se regirá la venidera Federación, redactado conforme a la legislación vigente (Ley de Asociaciones de 30 de junio 1887 y Decreto de 25 de enero de 1941 sobre regulación del ejercicio del derecho de asociación).

Asimismo, han firmado la documentación necesaria para iniciar el proceso de legalización ante el Ministerio de la Gobernación. El citado texto del Reglamento podrá ser objeto de modificaciones obligatorias para adaptarse a los requerimientos finales de dicha autoridad.

Entre los acuerdos finales alcanzados hoy figura que la sede de la Presidencia federativa será rotatoria cada dos años entre las localidades con asociaciones de belenistas federadas y que dicha sede podría ser reelegible.

Aunque la Presidencia cambie de sede, a efectos de las necesarias relaciones con la Administración Pública el domicilio legal de la Federación Española Belenista se establece de forma permanente en la c/ Tambre n.o 1 de Madrid (ver ubicación), residencia de D. Faustino Rodríguez San Pedro, miembro tanto de la Comisión Organizadora de la Federación como del Consejo de Arte de la Asociación de Belenistas de Madrid. Agradecemos enormemente a D. Faustino el hecho de haberse prestado desinteresadamente a tal domiciliación, legalmente necesaria.

En los próximos días, se presentará toda la documentación al Jefe Superior de Policía de la Dirección General de Seguridad de Madrid para solicitar la autorización oficial de constitución de la Federación Española Belenista.

El texto íntegro del Reglamento será publicado en esta web tan pronto como se obtenga la preceptiva autorización y aprobación oficial por parte del Ministerio de la Gobernación.

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Proyecto de Reglamento para la creación de una Federación Española de Asociaciones Belenistas, propuesto por la Asociación de Belenistas de Madrid

18 Feb 60
Presidencia FEB

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Proyecto de Reglamento para la creación de una
Federación Española de Asociaciones Belenistas,
propuesto por la Asociación de Belenistas de Madrid

Paz y Bien, Queridos Amigos Belenistas:

La Asociación de Belenistas de Madrid tiene el gusto de presentar este proyecto de Reglamento, redactado con objeto de ver si se puede llegar a la constitución de una Federación de Asociaciones Belenistas, Pesebristas o similares, de España, que nos agrupe a todos en una gran familia, como expresión de verdadera hermandad belenista.

Les rogamos estudien esto con el mayor cariño e interés, para que lo que ahora es sólo un proyecto, pueda convertirse en realidad en fecha muy próxima.

Con la valiosa colaboración de Vds., no dudamos que así será.

Y en esta confianza, quedamos en espera de sus gratas noticias, enviándoles un cordial abrazo su afmo. amigo,

Fernando Martínez Serrano
Presidente de la Asociación de Belenistas de Madrid

Madrid, 18 de febrero de 1960


Proyecto de Reglamento
para una Federación de
Asociaciones Belenistas de España

(Redactado por la Asociación de Belenistas de Madrid
el martes 9 de febrero de 1960)

Artículo 1.o
Con el nombre de FEDERACIÓN ESPAÑOLA BELENISTA (FEB) se crea una agrupación constituida por las distintas entidades dedicadas al fomento de la católica y tradicional costumbre española del «Nacimiento», símbolo de la religión, arte y espiritualidad.

Artículo 2.o
El objeto principal de la Federación será:

a) Aunar los esfuerzos de cada asociación, para que de esa unión surjan más y mejores iniciativas encaminadas a que el belenismo (o pesebrismo) adquiera mayor auge y robustez en España.

b) Crear en aquellas ciudades en donde aún no existan, asociaciones similares a las que ya funcionan, asesorando y guiando a sus organizadores.

c) Cuando una asociación decaiga en sus funciones, la ayudará hasta conseguir la recuperación de su primitivo esplendor.

d) Si es factible, organizará periódicamente certámenes, concursos nacionales, etc., que contribuyan a la mayor divulgación del belenismo.

e) Estará en relación directa con asociaciones del extranjero, manteniendo intercambio de ideas, iniciativas y actividades.

f) Con la frecuencia que sea posible, editará un boletín que refleje la vida social de las agrupaciones federadas. Esta publicación será distribuida profusamente entre dichas entidades nacionales. Y, en general, hará toda clase de propaganda para la divulgación del belenismo, sin interferirse en las actividades propias de cada asociación.

Artículo 3.o
El Patrono de la Federación será San Francisco de Asís, en cuya fiesta (4 de octubre) celebrará la fiesta principal y, a ser posible, tendrá lugar una reunión de Junta Directiva.

Artículo 4.o
La Asamblea constituyente determinará el modelo que haya de servir para la insignia de la Federación. En este modelo figurará la representación de España y del Nacimiento de Jesús.

Artículo 5.o
El domicilio de la Federación radicará, rotativamente, en las diversas ciudades donde existan asociaciones de belenistas, pesebristas o similares, y estén federadas.

Artículo 6.o
La residencia en cada una de las localidades a que se refiere el artículo anterior será de dos años, reelegibles por otros dos. Una tercera reelección no será posible, teniendo que cambiar de población.

Artículo 7.o
La Junta Directiva de la Federación estará formada por un Presidente, dos Vicepresidentes, un Secretario, un Tesorero-Contador y tantos Vocales como presidentes haya de asociaciones, excepto de la que haya correspondido el nombramiento de Vicepresidente Primero (ver Art. 8.o).

Artículo 8.o
El Presidente lo será siempre el que ejerza este cargo en la asociación en que haya recaído la Presidencia de la Federación.

El Vicepresidente 2.o, el Secretario y el Tesorero-Contador, serán nombrados de entre los directivos de la asociación a donde pertenezca el Presidente.

El Vicepresidente 1.o será nombrado entre los directivos de otras asociaciones ajenas a la de la Presidencia.

Los Vocales, como dice el artículo anterior, serán todos los presidentes de las asociaciones federadas, exceptuándose las de la Presidencia y Vicepresidencia Primera.

Artículo 9.o
Las obligaciones de los cargos directivos serán las siguientes:

■ PRESIDENTE: ostentará la máxima representación de la Federación, tanto en actos públicos como privados. Intervendrá en todas las actividades de la Federación, firmando con su Visto Bueno las actas, cuentas, balances, memorias y cuantos documentos exijan este requisito. Firmará, también, la correspondencia que no sea de trámite. Dirigirá todas las discusiones en Juntas directivas y generales, tanto ordinarias como extraordinarias, disponiendo las convocatorias de estas. Si en las votaciones se produjera empate, decidirá el voto del Presidente.

■ VICEPRESIDENTES: sustituirán en todo al Presidente en caso de enfermedad, ausencia o dimisión de este. Cuando no concurra alguna de dichas circunstancias, auxiliarán al Presidente en lo que precise y para lo que sean requeridos, en asuntos propios de su cargo.

■ SECRETARIO: llevará el Libro de Actas y redactará estas y las Memorias de la Federación. Ordenará el archivo de correspondencia y documentos. Redactará y firmará la correspondencia de trámite. Convocará, cuando lo disponga el Presidente, las reuniones de Junta directiva y general (en este caso, por correo certificado). Y, en general, será el ejecutor de cuantas actividades tenga la Federación recibiendo, siempre, indicaciones de la Presidencia. Custodiará el sello de la Federación y el ejemplar, debidamente legalizado por las Autoridades, de este Reglamento.

■ TESORERO-CONTADOR: llevará el Libro de Caja, Balances e Inventarios. Custodiará los fondos de la Federación y firmará, junto con el Presidente, los talones de extracción de dinero de la cuenta corriente. Efectuará cuantos pagos autorice el Presidente, siempre que estos sobrepasen la cantidad de 300 pesetas. Y directamente, sin el requisito de aquella firma, en cantidades hasta 300 pesetas.

■ VOCALES: serán los asesores natos de la Federación, para lo cual estarán en constante relación con la Presidencia y Secretaría, a las que expondrán, y de las que recibirán, las sugerencias y novedades que se produzcan y conduzcan al mejor cumplimiento de los fines federativos. Serán, por tanto, los portavoces de las iniciativas de cada asociación. Igual función corresponde al Vicepresidente 1.o, como representante de una asociación.

Artículo 10.o
Para el gobierno directivo de la Federación existirá una «Comisión Permanente» constituida por el Presidente, Vicepresidente 2.o, Secretario y Tesorero-Contador. Esta Comisión se reunirá por lo menos una vez cada tres meses y los acuerdos que tome se reflejarán en un Libro de Actas, para en momento oportuno dar cuenta de ellos a la Junta Directiva en sus reuniones periódicas.

Artículo 11.o
Cada seis meses, como mínimo, se reunirá la Junta Directiva en pleno, en el domicilio donde radique la Federación. En estas sesiones se tratarán todos los asuntos que hayan ido surgiendo en el transcurso de una junta a otra, tomándose los acuerdos y decisiones pertinentes. Para una mayor precisión y brevedad en la resolución de los asuntos a tratar, el Vicepresidente 1.o y los Vocales enviarán a la Secretaría, con una anticipación de veinte días respecto a la fecha de la reunión, un detalle de los asuntos que propone cada una de las asociaciones representadas, con objeto de que la Comisión Permanente los estudie y pueda preparar las adecuadas soluciones, todo ello sometido al supremo criterio de la Junta Directiva. Si algún directivo de asociación ajena a la de la Presidencia no pudiera asistir, deberá delegar en otro directivo de su misma asociación, que llevará su representación, a todos los efectos.

Artículo 12.o
Cada año, en la época más conveniente, y fijada en la Asamblea precedente, se celebrará una Asamblea General Ordinaria para tratar del funcionamiento de la Federación. El «Orden del Día» será el siguiente: Lectura del acta anterior; lectura de la Memoria correspondiente al ejercicio pasado; estado de Caja en el día de la fecha; Proyectos, proposiciones, ruegos y preguntas. En este apartado se fijará el lugar y fecha donde habrá de celebrarse la próxima reunión. En la Asamblea General de cada dos años, se incluirá en el «Orden del Día» lo concerniente a la elección, o reelección, de la Junta Directiva, que cuando corresponda se hará en su totalidad. Asimismo, se determinará la residencia social de la Federación para el nuevo período de dos años. Con objeto de que todos los asuntos a tratar en estas asambleas estén debidamente ordenados y estudiados por la Junta Directiva, los representantes de cada asociación federada enviarán a la Comisión Permanente, en un plazo máximo de treinta días antes de la fecha de la celebración de la citada Asamblea General, una relación de los asuntos o ponencias, expuestos con la mayor claridad y precisión. A las reuniones de asambleas generales podrán asistir, y es aconsejable que asistan, los socios de todas las asociaciones federadas, incluso acompañados de sus familiares, abonando en cualquier caso los derechos de asambleístas que fijará la Junta Directiva, así como el programa de actos a celebrar con motivo de cada Asamblea, para mayor atractivo y esplendor de la misma.

Artículo 13.o
El fondo social de la Federación estará constituido por la aportación de cada asociación, fijándose anualmente, por la Junta Directiva, el modo y cuantía de dicha aportación.

Artículo 14.o
Cualquier asunto jurídico relacionado con la Federación se resolverá ante los tribunales a cuya jurisdicción pertenezca la población en donde radique la Presidencia en esa fecha.

Artículo 15.o
La Federación podrá comprar, vender o enajenar bienes, como entidad jurídica que es. Para cualquier operación de esta índole habrá de tener la conformidad de la Junta Directiva. No será suficiente el acuerdo de la Comisión Permanente.

Artículo 16.o
Cualquier modificación de este Reglamento, o redacción de nuevos artículos, constituirá motivo de convocatoria de Asamblea General Extraordinaria, que se celebrará a continuación de una Asamblea General Ordinaria.

Artículo 17.o
Esta Federación sólo podrá ser disuelta cuando así se acuerde en Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto y por medio de una votación en que la mayoría esté representada, como mínimo, por las 3/4 partes de los asistentes.

En caso de disolución, los bienes en metálico o de cualquier otra índole se repartirán por partes iguales entre todas las asociaciones que en esa fecha estén federadas.


Notas:
1 La carta original de presentación del Reglamento puedes consultarla pinchando en este enlace. (Pendiente de enlazar)
2 El proyecto de Reglamento original puedes consultarlo pinchando en este enlace. (Pendiente de enlazar)

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La Asociación de Belenistas de Madrid impulsa la creación de una Federación Española de Asociaciones Belenistas

18 Feb 60
Presidencia FEB

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La Asociación de Belenistas de Madrid
impulsa la creación de una
Federación Española de Asociaciones Belenistas

Paz y Bien, Queridos Amigos Belenistas:

La creciente expansión del belenismo en España, así demostrada por la constante creación de nuevas asociaciones, ha inspirado a la Asociación de Belenistas de Madrid a fundar una Federación Española de Asociaciones Belenistas, que agrupe en verdadera hermandad a cuantas sociedades se dedican a esta noble tarea de fomentar el belenismo.

En consecuencia, reunida la Junta Directiva de esta Asociación de Belenistas de Madrid el pasado martes 9 de febrero de 1960, acordó dirigirse a todas las asociaciones de belenistas, pesebristas o similares, de España, para comunicarles su deseo de promover esta Federación, en la cual estemos todos unidos sin perder cada asociación su propia independencia.

Tratando, pues, de dar realidad a este proyecto,

PROPONEMOS:
1.o Nos comuniquen si están Vds. dispuestos a formar la FEDERACIÓN ESPAÑOLA BELENISTA (FEB).
2.o Se sirvan conocer el proyecto de Reglamento, haciéndonos saber, en el plazo de quince días a partir de la fecha de recepción de este escrito, las enmiendas que estimen convenientes hacer.
3.o La celebración de una reunión conjunta de todos los presidentes (o delegados de estos) de las asociaciones belenistas, pesebristas o similares, para constituir oficialmente dicha Federación. Esta reunión podría ser en Madrid (por razones de comunicación respecto al resto de las demás capitales) en los próximos meses de marzo o abril.

Confiamos en que dispensarán la mejor acogida a este escrito, en beneficio de la futura Federación.

Les saludamos muy atentamente.

Por la Junta Directiva de la Asociación de Belenistas de Madrid,
El secretario, José Galán de Francisco
V.o B.o El Presidente, Fernando Martínez Serrano

Madrid, 18 de febrero de 1960


Nota:
La carta original puedes consultarla pinchando en este enlace. (Pendiente de enlazar)

La perspectiva en el belén, por Evelio Bulbena Estrany

31 Dic 53
Presidencia FEB
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La perspectiva en el belén, por Evelio Bulbena Estrany

Una fórmula para determinar concretamente la altura del tablado en donde deben situarse las figuras del belén, a partir de las que ocupan el primer término.

Gráfico para dar a comprender en qué consiste la L.H. (línea de horizonte) con relación al observador

Gráfico para dar a comprender en qué consiste la L.H. (línea de horizonte) con relación al observador.

La mayoría de los tratados de pesebrismo o de técnica constructiva que conocemos -conste que hablamos en términos generales-, suelen pasar por alto ciertos aspectos del montaje, que aun cuando a primera vista no parecen tener gran importancia, es lo cierto que realmente la tienen por cuanto tratándose de representar el simulacro para ser contemplado a tan corta distancia, el detalle más insignificante puede contribuir, según sea acertado o desacertado, a dar al cuadro plástico impresión de realidad o de vida, o, por el contrario, a sugerir en el observador la idea de lo inverosímil.

Tal es lo que sucede al tratar de determinar concretamente y con el debido acierto la altura del tablado en donde debemos situar las figuras que ocupan el primer término, problema que varía en cada caso, según sea la altura de las figuras que deban escenificarse.

Así, al tratar de fijar la altura del horizonte en el cuadro plástico, se suele incurrir en la confusión de referirse sólo al espectador, o sea al horizonte que corresponde a la vista del que contempla el belén, estableciéndolo, por ejemplo, a 1,50 m del suelo; pero este horizonte no puede en modo alguno independizarse del que corresponde a las figuras que ocupan el primer término, a las que tiene que referirse, ya que de lo contrario tendríamos que admitir necesariamente el absurdo de dos horizontes en un mismo cuadro, a saber: uno, el que corresponde al observador, y otro, el de las figuras que este contempla situadas en el primer término.

Sección de un pesebre para que se comprenda en qué consiste la perspectiva del mismo desde el punto de observación. La parte sombreada de las figuras A A' B y B' que se encuentran junto a la abertura (visera), representa el alcance del primer término. Al fina de este primer término, comienza, en rigor, el cono visual, y no antes.

Sección de un pesebre para que se comprenda en qué consiste la perspectiva del mismo desde el punto de observación. La parte sombreada de las figuras A A’ B y B’ que se encuentran junto a la abertura (visera), representa el alcance del primer término. Al fina de este primer término, comienza, en rigor, el cono visual, y no antes.

¿Cómo puede suponerse que las figuras situadas en un tablado, por ejemplo, de 1,20 m de altura, vean su horizonte a 1,50 m?

Si nos proponemos explicarnos esta rara anomalía, veremos cómo obedece a la costumbre de seguir la rutina de montar el belén como destinado a los niños para que los pequeños puedan contemplarlo cómodamente, sin advertir que el pesebre artístico ni gusta a los niños ni es para los niños.

Este hecho, al que por lo común no se ha dado la importancia que realmente tiene para los efectos de una perspectiva correcta, reclamaba la existencia de una regla infalible y aplicable, según los casos, a figuras de diferentes alturas, siempre a base de las que deban ocupar el primer término y esté más próximo al espectador, debiéndose notar que solamente en un caso puede coincidir el horizonte a la altura de la vista del espectador y de las figuras, si éstas fuesen de tamaño natural y estuviesen situadas al nivel del suelo, lo cual no sucede casi nunca.

La primera es defectuosísima, la segunda es defectuosa y la tercera, en donde se representa un pesebre bajo, con visera, es incómoda, por la posición violenta a que obliga al espectador.

La primera es defectuosísima, la segunda es defectuosa y la tercera, en donde se representa un pesebre bajo, con visera, es incómoda, por la posición violenta a que obliga al espectador.

Teniendo esto en cuenta, en el año 1942 analizamos por menor esta cuestión en una conferencia que dimos en la Associació de Pessebristes de Barcelona, estableciendo en primer lugar, cual sea la estatura (como promedio), de una persona de nuestra raza, pero entendiendo como altura, en rigor más bien la altura de los ojos con relación al suelo. Este promedio, después de diversas consideraciones que podrían hacerla variar en más o en menos, lo dedujimos a base de una monografía del catedrático de medicina de la Universidad central, don Federico Oloriz, titulada La talla humana en España, trabajo de gran erudición que nos permitió establecer la altura de la vista a 1,47 m.

A mayor altura de las figuras, corresponde menor altura del tablado. El observador que contempla el pesebre provisto de marco o visera, aun cuando esta sea muy profunda y de poca abertura, puede contemplarlo cómodamente sin verse obligado a estar en posiciones raras.

A mayor altura de las figuras, corresponde menor altura del tablado. El observador que contempla el pesebre provisto de marco o visera, aun cuando esta sea muy profunda y de poca abertura, puede contemplarlo cómodamente sin verse obligado a estar en posiciones raras.

Conocido este promedio, pudimos resolver la incógnita del modo siguiente: designando por las iniciales A.V. = Altura de la vista, A.F. = Altura de las figuras del primer término y A.T. = Altura del tablado, tenemos:

A.V. – A.F. = A.T.

o sea, sustituyendo las iniciales por lo que representan, pongamos un ejemplo: Altura de la vista del espectador, 1,47 m, menos la altura de las figuras del primer término (supongamos 18 cm), es igual a la altura del tablado, o sea, 1,29 m.

Que la aplicación de esta fórmula es conveniente para los efectos de una perspectiva correcta, lo demostramos extensamente en aquella ocasión y no es del caso repetirlo en este lugar en que nuestro propósito es solamente resumir aquel estudio; no obstante hay que tener en cuenta, para comprenderlo, que situando el tablado como suele hacerse aproximadamente a 1,20 m del suelo con figuras de poca altura, el espectador contemplará la escena como si (a proporción), se situara en un tercer piso, y ya sabemos que la perspectiva cuanto más elevada más deforma los cuerpos ante nuestra vista; pero además estas mismas figuras no podrán en modo alguno verse en la relación justa que corresponde al ambiente o a la perspectiva aérea, porque su contorno a perfiles no se recortarán en el ambiente, sino que tendrán por fondo el suelo o piso del tablado, lo cual perjudicará en gran manera el aspecto de realidad por falta del claroscuro que reclama una escena compuesta a base de distanciaciones relativas, que es precisamente lo que produce la impresión de la lejanía y del aire interpuesto entre los tres términos y el observador, ya que las figuras que no se perfilan en el aire de que están envueltas, más bien parecerán pegadas en toda su extensión en el plano del suelo que pisan.

Solución que hace compatibles varios puntos de vista en un pesebre de gran público.

Solución que hace compatibles varios puntos de vista en un pesebre de gran público.

No quiere esto decir que no pueda ser el terreno más o menos accidentado después del primer término, pues ya se ha dicho que la fórmula se refiere a este primer término, que por lo general es el que ocupan las figuras más importantes del conjunto y concretamente la Sagrada Familia y sus complementarias.

Teniendo esto en cuenta, recomendamos muy encarecidamente a todos los pesebristas que no olviden en ningún caso la aplicación de esta fórmula, sin la cual el cuadro plástico, por bien ejecutado que sea, se resentirá de falta de realidad, con grave perjuicio de la visión del conjunto.

Evelio Bulbena Estrany (texto e ilustraciones)

 

Paganismo y belén, por D. Angelo Stefanucci

31 Dic 53
Presidencia FEB
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Paganismo y belén, por D. Angelo Stefanucci

Un testimonio precioso de la difusión del belén entre los pueblos bárbaros en los albores del cristianismo nos lo proporciona la caja-estuche para joyas llamada de Franks (Franks Casket, donada por Sir Augustus Wollaston Franks al British Museum de Londres).

Su inspirado artífice, que pertenece al siglo VIII -siendo por tanto anterior a la difusión del cristianismo entre los germanos-, todavía bajo la influencia de las sagas nórdicas, si bien ya conquistado por la dulce religión de Cristo, no pudo sustraerse a la idea sugestiva de unir en un solo cuadro el paganismo en decadencia y el cristianismo surgente. Y echando mano de sus buriles esculpió en bajorrelieve una doble escena sobre una tablilla de marfil. En la parte izquierda -quizás sea reminiscencia del poema anglosajón Beowulf– representó la feroz saga del herrero Wieland. El rey Godhhadd encerró en la prisión al herrero después de haberle hecho cortar los tendones del pie para impedirle la fuga. Pero dos siervos, movidos a compasión del aherrojado héroe, arrancaron las plumas a unos cisnes, confeccionaron con ellas una camisa con alas e hicieron posible la huida al prisionero. Una vez en libertad Wieland, sediento de venganza, atrajo al hijo del rey a una emboscada y lo estranguló, Con eso no quedó aún satisfecho: cortó la cabeza al príncipe, fabricó con el cráneo una copa y en ella dio de beber el vino de la amistad a la inconsciente hija de Godhhadd y hermana del asesinado.

La horrible leyenda de venganza y sangre debía estar bastante difundida en aquel tiempo, quizás tanto como las famosas sagas nibelúngicas. El artífice quiso presentarla, al par de aquella otra pacífica, en la que tres reyes deponen en acto de amor, dedición y esperanza, sus dones a los pies de una tierna criatura. No es posible dudar de la eficacia de esta muda catequesis en los corazones de quienes la recogieran. La nueva “Leyenda de los héroes” del belén navideño había superado y vencido ya a las antiguas sagas salvajes y feroces, demostrando claramente que la idea del pesebre y la traducción de este en estéticas manifestaciones de arte y sentimiento, tienen la misma antigüedad que el cristianismo en todos los países.

Dibujo del Cofre Franks sobre fotografía de N. Mantl, de Nassereith (Austria)

Dibujo del Cofre Franks sobre fotografía de N. Mantl, de Nassereith (Austria)

En la escena de la izquierda se ve, pues, al herrero que ofrece la macabra copa a la princesa, mientras su hermano yace decapitado a sus pies y los dos siervos arrancan plumas a los mentados cisnes. En la de la derecha, los Reyes Magos ofrendan sus dones al Dios Niño, el cual sostenido por la Virgen María se nos muestra en la casa de la que habla el Evangelio. La estrella brilla en el cielo.

En torno giran las runas, antiquísimos caracteres de escritura germánica con los que, sobre tablillas y sobre la corteza de los árboles, se componían sortilegios y de los cuales brotó el anguloso gótico alemán. Dicen así: Hronaes ban (esto es: el cuerpo [¿los huesos?] de la ballena), a la izquierda; arriba: fisc-flodu ahof om ferg enbyrig (alzóse la onda del mar sobre la selvática montaña); abajo, y a leer de derecha a izquierda: warth gasric grorn thaer he on greut giswom (el mar subió de nivel cuando ella quedó varada en la orilla). Se trata, acaso, de fragmentos de una antigua canción germánica o de la historia de Jonás y la ballena. Junto a la estrella se lee: Magos. El espacio blanco superior que falta en el original indica el lugar de la cerradura; los laterales, probablemente el de las charnelas.

La sencilla descripción hecha de esta placa de marfil del British Museum, demuestra una vez más que el belén, por lo que hace a sus formas exteriores, ahinca sus raíces en el antiquísimo paganismo, al tiempo que está empapada su esencia del más puro espíritu cristiano.

Angelo Stefanucci